mortis causa

  1. En derecho canónico, dicho de un acto de disposición o transmisión patrimonial de derechos reales o de crédito: Hecho entre sujetos jurídicamente capaces de transmitir y adquirir, y cuya eficacia está condicionada por el fallecimiento del causante.

Diccionario Panhispánico del Español Jurídico
https://dpej.rae.es/lema/mortis-causa

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